Micelio
Auto20 de febrero de 2025

A- de 2025

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Castiblanco Castro Dora Ines·Demandado Par Caprecom Liquidado Y Otro

Tema · dato duro
Solicitud De Declaratoria De Existencia De Relación Laboral Encubierta A Través De La Celebración Sucesiva De Contratos De Prestación De Servicios.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Relaciones laborales encubiertas en contratos estatales de prestación de servicios
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre la Sala Quinta de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá y el Juzgado 048 Administrativo de la misma ciudad, ocasionado por una una demanda ordinaria laboral instaurada por una ciudadana, en contra de Fiduciaria La Previsora S.A., con la cual solicita que se declare la existencia de un contrato de trabajo realidad a término indefinido, en calidad de trabajadora oficial, que la vinculación laboral se terminó por parte de la demandada, de manera unilateral y sin justa causa, por lo que pretende que se ordene el pago a su favor de las acreencias laborales y prestacionales a que cree tener derecho.

Cumplidos los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena indica que la demanda hace referencia a un juicio sobre la legalidad de los contratos de prestación de servicios suscritos por la demandante con la entidad demandada.

Conforme la regla de decisión del Auto 492/21, de conformidad con el artículo 104 del CPACA, la jurisdicción contencioso administrativa es la competente para conocer y decidir de fondo un proceso promovido para determinar la existencia de una relación laboral, presuntamente encubierta a través de la sucesiva suscripción de contratos de prestación de servicios con el Estado.

La Corte dispone el envío del expediente al Juzgado 048 Administrativo de Bogotá para lo de su competencia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de competencia entre jurisdicciones suscitado por la Sala Quinta de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá y el Juzgado 048 Administrativo de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 048 Administrativo de Bogotá es la autoridad competente para conocer de la demanda presentada por Dora Inés Castiblanco Castro en contra de CAPRECOM.
  2. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-6160 al Juzgado 048 Administrativo de Bogotá para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite, al Juzgado 005 Laboral del Circuito de Bogotá y a la Sala Quinta de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.